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Aprobada la declaración de impacto ambiental del monumento de Tindaya

El Monumento Natural de Tindaya ocupa una superficie de 186,7 hectáreas del municipio de La Oliva. (CANARIAS AHORA)

DECLARA BIC LAS CUEVAS, LOS ABRIGOS Y LOS LUGARES QUE CONTENGAN ARTE RUPESTRE

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (Cotmac) se reunió este viernes en Santa Cruz de Tenerife y adoptó, entre otros, el acuerdo de aprobar definitivamente la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto Monumental Montaña de Tindaya y la Memoria Ambiental del monumento Natural que conforma.
La Cotmac aprobó la revisión de las Normas de Conservación del Monumento Natural de Tindaya, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 27.1.e) I del Reglamento de Procedimientos de los Instrumentos de Ordenación del Sistema de Planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 55/2006, de 9 de mayo, informa la Consejería de Medio Ambiente en un comunicado.
Estas normas de conservación responden a la plena garantía de la preservación integral y conjunta de los valores de este espacio, que es área de sensibilidad ecológica y cuenta con la protección parcial de su territorio, a través de la aplicación de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, que declara Bien de Interés Cultural (BIC) las cuevas, los abrigos y lugares que contengan manifestaciones de arte rupestre.
Entre los usos prohibidos citados en las Normas de Conservación figuran las autorizaciones de extracciones mineras en el espacio interior del Monumento Natural que carezcan de un estudio geotécnico que garantice su viabilidad, así como la apertura de nuevas pistas por encima de la cota 200, o en laderas de inclinación superior al 15%.
Entre los usos autorizables, destaca la restauración de las zonas afectadas por las extracciones, que deberán ajustarse a lo preceptuado en el Plan de Restauración a que obliga el Real Decreto 2994/1982 sobre restauración del espacio natural afectado por actividades mineras, la construcción de infraestructura museística o artística, a fin de divulgar sus valores culturales, siempre que dichas actuaciones se enmarquen en el Plan Especial de Protección u otro instrumento de planeamiento de los previstos en la legislación urbanística, y las extracciones mineras en el espacio interior del Monumento Natural, que constituyan un subproducto definido en cuanto a volumen y características de la extracción, y cuya ejecución sea parte de la construcción de un equipamiento de ocio general para toda el área protegida que deberá ser informado preceptivamente por el Patronato Insular de Espacios Naturales Protegidos de Fuerteventura.
El Monumento Natural de Tindaya ocupa una superficie de 186,7 hectáreas del municipio de La Oliva. Este espacio natural protegido alberga yacimientos de relevancia patrimonial, además de constituir un refugio de creencias aborígenes. A esta consideración cultural hay que sumar su gran importancia natural, ya que la zona encierra un alto valor científico por su origen volcánico y, además, es el lugar donde habitan especies de flora y fauna silvestres amenazadas.
La Cotmac excluyó del procedimiento de Evaluación Ambiental el expediente de Modificación Puntual del Plan General de Ordenación de Antigua, en las parcelas dotacionales del núcleo urbano de Antigua, al tratarse de una modificación de carácter menor. De igual manera, informó favorablemente, de conformidad con el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias y el Reglamento de Procedimientos de los Instrumentos de Ordenación del Sistema de Planeamiento de Canarias, la Modificación Puntual del Plan General de Antigua en las parcelas dotacionales del núcleo urbano, recomendando una barrera vegetal en este tipo de espacios que linden con suelo rústico a fin de minimizar el impacto paisajístico y amortiguar, en la medida de lo posible, las molestias sobre la fauna, fundamentalmente en aquellas áreas limítrofes con la Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA).
Impacto ecológico
La Cotmac aprobó, en aplicación de la Disposición Transitoria Tercera de la Ley 11/1990, de 13 de julio, de Prevención del Impacto Ecológico, la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto Monumento Montaña Tindaya, de manera condicionada y con carácter vinculante. Previamente, la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial del Gobierno de Canarias ha dado cuenta de todas las alegaciones recibidas a dicha declaración.
El planeamiento territorial con contenido ambiental que confluye en Montaña de Tindaya se ha delimitado principalmente por las directrices y determinaciones que emanan del Plan Insular de Ordenación de Fuerteventura (PIOF), las Normas de Conservación del Monumento Natural de la Montaña de Tindaya (F-6), el Plan de Conservación del Hábitat de la Cuernúa (Caralluma burchardii), la catalogación como BIC de parte de su territorio (cuevas, abrigos y lugares que contienen manifestaciones de arte rupestre), en aplicación del Art. 40.2 de la Ley 16/1985 de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español.
La Declaración de Impacto Ecológico caducará si no se inicia la ejecución del proyecto en el plazo máximo de cinco años desde la notificación del Acuerdo de la Cotmac, al promotor. Este plazo coincide con el dispuesto en el artículo 14, apartado aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero. A estos efectos, el promotor deberá comunicar a la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, a través de la Viceconsejería de Medio Ambiente, con al menos un mes de antelación, la fecha de comienzo de las obras.
Los Ajaches

La Comisión también aprobó la Memoria Ambiental de las Normas de Conservación del Monumento Natural de Los Ajaches, en el municipio de Yaiza (Lanzarote), en los mismos términos en que fue propuesto de acuerdo con el Reglamento de Procedimientos de los Instrumentos de Ordenación del Sistema de Planeamiento de Canarias.
Igualmente aprobó definitivamente, de conformidad con el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, las Normas de Conservación del citado Monumento Natural.
Por otra parte, la Cotmac informó favorablemente la suspensión del Plan Insular de Lanzarote en el ámbito territorial de Montaña Ganada, en el término municipal de Haría, para la implantación del Sistema General de Comunicación e Infraestructura (Estación de Radio de Servicio de Socorro perteneciente al Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima).
En Gran Canaria la Cotmac, de conformidad con el Reglamento de Procedimientos de los Instrumentos de Ordenación del Sistema de Planeamiento de Canarias, aprobó de forma condicionada la Memoria Ambiental del Plan Territorial Especial (PTE) Agropecuaria de la isla, debiendo recogerse determinadas modificaciones relativas a la evaluación ambiental de aspectos reseñados relativos al consumo de los recursos hídricos de la Isla y a la necesidad de solicitar informe al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Además la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias aprobó la Memoria Ambiental del Plan Insular de Ordenación (PIO) de La Palma y acordó insertar el Procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica en el procedimiento para la aprobación del Plan General de Ordenación de Los Llanos de Aridane, también en La Palma.
La Cotmac aprobó definitivamente las Normas de Conservación del Monumento Natural del Lomo del Carretón en La Gomera de acuerdo con el Reglamento de Procedimientos de los Instrumentos de Ordenación del Sistema de Planeamiento de Canarias e informó favorablemente la aprobación de las determinaciones del Plan General de Ordenación de Granadilla de Abona.

EUROPA PRESS. Santa Cruz de Tenerife

Publicado en CanariasAhora.com, Viernes día 29-05-09

amgm el 29/05/09 a las 18:13, 2 comentarios | vista 69 veces | 3 votos | valor 3


Comentarios
por anónimo el 29/05/2009 a las 21:05  
Valor   0     | 
#1

ANTIGUA  MODIFICANDO YA EL PLANEAMIENTO URBANO JOJOJO

por anónimo el 30/05/2009 a las 11:01  
Valor   0     | 
#2

Tanta norma, tanta ley y tantos planes, BIC  y demás,  pero seguimos viendo atentados y/o    desinterés  hacia  la conservación de   la naturaleza y patrimonio.Aquí impera  el viejo adagio de "allá van leyes do quieren reyes".  "Reyes"  de la especulación urbanística, del cemento, del politiqueo...  Sólo la crisis económica ha podido hacer de  "justicia" que les ponga coto. Pero ya veremos cuando ésta pase: volverán con las mismas o mayores hambres de amasar y amasar "pasta",  el  único objetivo de sus tristes  vidas,  tan obtusas  y  pobres,  que sólo quieren y tienen dinero.

 
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