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Ayuntamiento de Tuineje. Bando Limpieza de Solares

Que con motivo de las mejoras medioambientales del municipio, el Ayuntamiento de Tuineje va a comenzar una campaña de limpieza en el municipio y existiendo aprobada la ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA EJECUCION DE OBRAS EN EL MUNICIPIO DE TUINEJE, se comunica a los vecinos que:
La presente ordenanza regula, lo siguiente:

Articulo 20:
1.- Los propietarios de solares, terrenos y fincas sin uso deberán mantenerlos libres de desechos y residuos y en las debidas condiciones de higiene, salubridad, seguridad y ornato publico.
2.- La prescripción anterior incluye la exigencia de la desratización y desinfección y mantenimiento de condiciones de higiene.
3.- Las excavaciones en solares sin las medidas de seguridad adecuadas provocarán el inmediato precinto de la obra por parte de la autoridad municipal.
4.-Asimismo no se permitirá excavación sin el correspondiente vallado perimetral.
5.- Es potestad del Ayuntamiento la inspección y realización subsidiaria de los trabajos de limpieza a los que se refieren los números 1 y 2 anteriores, sean los solares de propiedad pública o privada.
Articulo 21:
1.- Los servicios municipales procederán a la ejecución subsidiaria de los trabajos a que hace referencia el artículo 20 anterior, con cargo al obligado y de acuerdo con lo que disponen las Ordenanzas Fiscales y sin perjuicio de las sanciones correspondientes.
2.-En Caso de ausencia de sus propietarios, será potestad del Ayuntamiento el derribo de la valla de los solares de propiedad privada o puerta de la finca abandonada cuando, por motivo de interés público, se haga necesario tal derribo para lograr el acceso, previa autorización judicial.
3.-Los servicios municipales imputarán a los propietarios los costos del derribo a que hace referencia el número 2 anterior, así como los de reconstrucción de la parte de valla afectada.
Transcurrido el plazo establecido sin que se hubiesen materializado las obras, se impondrán las siguientes sanciones:
Anexo numero 3:
Incumplimiento cualquier artículo: 1ª infracción : Sanción con multa de 180 Euros.-
Incumplimiento cualquier artículo: 1ª reincidencia : Sanción con multa de 360 Euros.-
Incumplimiento cualquier artículo: 2ª reincidencia : Sanción con multa de 600 Euros.-
Lo que se hace público para su mejor conocimiento.
Tuineje, a 29de junio de 2009
El ALCALDE PRESIDENTE,
Fdo.-Salvador Delgado Guerra.

amgm el 06/07/09 a las 16:59, 2 comentarios | vista 93 veces | 3 votos | valor 3


Comentarios
por anónimo el 07/07/2009 a las 08:56  
Valor   0     | 
#1

ahora que se cumpla y ya de paso porqué no obligan a todos los propietarios de edificios con paredes sin encalar a encalarlas y así esa deplorable imagen que tiene Gran Tarajal desde la orilla de la playa cambia de una vez, que ya está bien de ver paredes de bloques predominando en el paisaje y si hay que dar algunas ayuditas justificadas, que se den, que el fin justifica los medios.

por anónimo el 07/07/2009 a las 22:13  
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#2

Fuera de todo esto...Limpiar la playa de Tarajalejo..o si no el pueblo va a multar al ayuntamiento!!!!!!!!!!!!!! Antes de los solares la playa!!! Todo los dias los turistas ven estas verguenza... Actuar por favor!!!!!!

 
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